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Desde el año DOS MIL DIECISÉIS , la Ley de Contrato de Seguro establece en 30 días el plazo mínimo con el que hay que notificar para que el tomador del seguro pueda anular su poliza de Salud.
*Antes de 2016 el plazo mínimo de pre aviso era de 2 meses. ( este plazo era demasiado para ser cumplido)
Notifica a tu Compañía con más de 30 días de antelación.
Modelo valido y legal para cualquier compañía de seguros.
Descargar firmar y acompañar de copia del D.N.I
Recomendamos Enviarla por mail,fax,burofax o carta certificada
Disponible en archivo Word para editarla con tus datos.
Como primer paso recomendamos enviar una carta de baja como mínimo 1 mes de antelación a que se produzca el fin del contrato.
La fecha exacta se puede consultar en el contrato de la póliza o en uno de los recibos que el seguro que te haya cobrado, donde encontrarás el período en vigor de dicho seguro.
Si pagas el seguro de salud de manera fraccionada la fecha de vencimiento seguirá siendo la fecha en la que se contrato llamada fecha de efecto.
Los mejores metodos para dejar constancia de nuestro aviso son:
Notificaras tu deseo de baja mediante fax o burofax con acuse de recibo
Mediante carta certificada.
Algunas compañías también permiten notificarlo mediante teléfono o a través de su página web.
La manera más sencilla es enviándoles una carta de anulación por email también con acuse de recibo
En principio casi todas las Pólizas de salud se contratan por un periodo anual renovable.
Esto significa que a no ser que avisemos en a tiempo la póliza se renovara automáticamente sin tener que ser notificados salvo alguna modificación en las condiciones particulares
Si te arrepientes o no deseas tener la póliza recién contratada, no te preocupes, puedes Cancelar el contrato:
La ley reconoce tales casos como “derecho de desestimiento”, y es bastante normal sobre todo con los seguros de autos que se contratan a través de comparadores online sin el asesoramiento personal de profesionales
Siempre que el aviso lo demos en menos de los 14 días posteriores a su entrada en vigor.
Quien podra anular el seguro sera el tomador de la póliza cumpliendo los requisitos antes mencionados.
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